MÁLAGA 10 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Colegio de Gestores Administrativos de Málaga recuerda a los malagueños que la campaña de la Renta 2024 entra en su recta final. Aunque el plazo general de presentación concluye el 30 de junio, quienes deseen domiciliar el pago del impuesto deberán presentarla como muy tarde el 25 de junio.
Así, en un comunicado han señalado que entre las novedades de este año están los nuevos umbrales con múltiples pagadores: si has tenido más de un pagador y del segundo en adelante has cobrado más de 1.500 euros, estarás obligado a declarar si tus ingresos totales superan los 15.876 euros.
De igual modo, han indicado, están las nuevas formas de pago: por primera vez, Hacienda permite abonar el impuesto a través de Bizum, además de los medios habituales y las deducciones que se pueden aplicar son mejora energética en viviendas; compra de vehículos eléctricos o instalación de puntos de recarga (deducción del 15% hasta el 31 de diciembre de 2025); y donaciones a ONG, cuotas a partidos políticos y sindicatos, con deducciones de hasta el 80%.
También han aludido a la autoliquidación rectificativa: si ya se presentó la renta y se detecta un error, se puede corregirla marcando la casilla 103 y presentarla de nuevo antes del 30 de junio para evitar recargos e intereses.
Desde el Colegio de Gestores Administrativos de Málaga se insiste en la importancia de revisar la declaración con un profesional cualificado. "El ahorro fiscal y la tranquilidad de estar bien asesorado son las principales ventajas de acudir a un gestor administrativo en estas fechas", han señalado desde la institución.
Asimismo, el Colegio recuerda las deducciones autonómicas como son por nacimiento, adopción de hijos o acogimiento familiar de menores: Deducción de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o menor en régimen de acogimiento familiar. Este importe se incrementa a 400 euros si el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación.
Por adopción internacional de hijos: deducción de 600 euros por cada hijo adoptado en el ámbito internacional durante el período impositivo; para familias numerosas: deducción de 200 euros para familias numerosas de categoría general y 400 euros para las de categoría especial; y para contribuyentes con discapacidad: deducción de 150 euros para contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Asimismo, para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad: deducción de 100 euros si el cónyuge o pareja de hecho posee un grado de discapacidad igual o superior al 65%; por inversión en vivienda habitual protegida y para jóvenes: deducción del 5% de las cantidades invertidas en la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, así como para contribuyentes menores de 35 años; por alquiler de vivienda habitual: Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual, con un límite máximo de 600 euros anuales. Este límite se amplía a 900 euros en el caso de personas con discapacidad. Además, se amplía el ámbito subjetivo de la deducción, siendo también aplicable a mayores de 65 años, víctimas de violencia doméstica, terrorismo y personas afectadas.
También por donativos con finalidad ecológica: deducción por las cantidades donadas a entidades que persigan la conservación del medio ambiente, la mejora ecológica o la protección del patrimonio natural de Andalucía; y por inversión en adquisición de acciones y participaciones sociales: deducción por las inversiones realizadas en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en sociedades mercantiles que cumplan ciertos requisitos.
Por último, han recordado las de por gastos de defensa jurídica de la relación laboral: deducción por los gastos incurridos en procedimientos judiciales derivados de la relación laboral del contribuyente; y por gastos educativos: deducción por los gastos educativos relacionados con el aprendizaje de idiomas extranjeros, incluyendo tanto la enseñanza recibida como la adquisición de materiales necesarios para dicho aprendizaje.
La institución ha añadido, por último, que presentar la renta fuera de plazo puede suponer recargos de entre el 1% y el 20%. Y hasta el 150% si existe requerimiento de la Administración, han concluido.
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