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Gobierno Vasco abre las ayudas a la flota afectada por la paralización pesquera del jurel

BILBAO 2 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca ha abierto la convocatoria de ayudas, por importe total de 268.784 euros, destinadas a buques con puerto base en el País Vasco afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera del jurel, para la flota de cerco y de artes menores.

Se trata de una convocatoria anual de ayudas con objeto de compensar las pérdidas por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puertos base en Bizkaia y Gipuzkoa, por la que se establece un periodo de parada en la pesquería del jurel -técnicamente el stock JAX/08C-, para la flota de cerco y de artes menores dependiente de dicha especie".

La intensidad de la ayuda establecida será del 100%. El pago se realizará una vez comprobada toda la documentación justificativa de la paralización temporal de la actividad pesquera que sea subvencionada, incluidas las comprobaciones de oficio y tras la Resolución de concesión.

Del total de 268.784 euros destinados a financiar las ayudas contempladas en esta orden, 188.148 euros, el 70%, corresponden al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), y el 30% restante, 80.635 euros, corresponden a los Presupuestos de Euskadi. De la cuantía total de las ayudas, 163.184 euros van dirigidos a los armadores y 105.600 euros a los pescadores.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la convocatoria no podrá superar la consignación presupuestaria y no procederá la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe global.

La flota vasca no tuvo una cuota específica de jurel en 2024. La cuota de jurel para la flota de Gran Sol, que incluía a parte de la flota vasca, se amplió a 710 toneladas, incluyendo 60 toneladas adicionales como captura accesoria, según el MAPA. Además, se estableció un tope de 2.500 kg por barco y marea para esta captura accesoria, con la posibilidad de revisión.

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas, que pueden ser solicitadas hasta el próximo 1 de septiembre, los armadores de buques pesqueros afectados por la paralización temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda.

En el supuesto de que sean agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin personalidad jurídica o comunidades de bienes, deberán aportar en el momento de la solicitud un documento firmado por todas las personas integrantes, en el que conste el compromiso de ejecución de cada miembro en base a su porcentaje de participación y el nombre de la persona representante en la agrupación o comunidad de bienes.

También podrán recibir estas subvenciones los pescadores que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años civiles anteriores al año de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal, y también podrán ser beneficiarios de estas ayudas los armadores o titulares autónomos enrolados a bordo de la embarcación afectada por paralización temporal, que cumplan los requisitos exigidos en la presente orden. Se entenderá por año civil el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

La ayuda por paralización temporal únicamente podrá concederse si se interrumpen las actividades pesqueras del pescador durante al menos 30 días en un año civil determinado, y por un periodo máximo de 12 meses por buque y pescador durante el periodo de programación del FEMPA.

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