HUELVA 8 Jun. (EUROPA PRESS) -
Un total de 207 ciudadanos de Huelva inscribieron en 2024 su Voluntad Vital Anticipada. El ejercicio de este derecho, que se ofrece desde 2004 con su reconocimiento y la creación del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, permite a la ciudadanía expresar su voluntad sobre sus valores, la asistencia sanitaria y los tratamientos que se desea o no recibir en caso de no poder manifestarlo de forma consciente en el momento final de la vida. Además, la persona puede también decidir el destino de sus órganos e indicar quiénes serán sus representantes.
Así lo han indicado a Europa Press desde la Delegación de Salud y Consumo, que ha apuntado que Huelva cuenta con seis puntos para realizar el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, que se encuentran ubicados en la Delegación Territorial, la primera sede en la provincia donde se empezó a ofrecer, a la que se han ido incorporando los hospitales Infanta Elena, Juan Ramón Jiménez y Vázquez Díaz, dependiente del anterior, también en la capital, así como el Hospital de Riotinto y el centro de salud de Cortegana, en el Área de Gestión Sanitaria Norte.
De las 207 inscripciones realizadas en Huelva en 2024, cinco se hicieron mediante visitas domiciliarias, unas prestación que se brinda por parte del personal técnico del punto existente en la Delegación. Tanto este como el situado en el Hospital Infanta Elena fueron, igualados con 53, los que atendieron mayor número de solicitudes durante el año pasado.
La Delegación de Salud ha subrayado que la incorporación de estos puntos responde al "compromiso" de la administración sanitaria de "mejorar la accesibilidad" de la ciudadanía al ejercicio de este derecho, regulado por la Ley de Declaración de Voluntad Vital Anticipada en 2003 y materializado con la puesta en marcha del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía (RVVA) en 2004.
Los datos de los usuarios andaluces se incluyen también en el mismo acto en el Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP), dependiente del Ministerio de Sanidad, donde quedan depositadas todas las voluntades vitales anticipadas registradas en España en cualquiera de los puntos de registro existentes en las diferentes comunidades autónomas, validando así su uso en todo el territorio español.
La normativa reguladora del registro se ha actualizado para adaptarla a la nueva legislación de Eutanasia y Protección de Datos, junto a tras acciones novedosas de formación técnica y divulgación y promoción entre la ciudadanía.
La petición de cita previa para poder inscribir el testamento vital se puede realizar a través del teléfono de Salud Responde (955 54 50 60) y en los puntos del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas existentes en Andalucía. Además, si el ciudadano no puede desplazarse hasta el registro por su estado de salud, podrá solicitar la cita a través de Salud Responde y se llevará a cabo en el propio domicilio.
La página web de la Consejería de Salud y Consumo ofrece toda la información que requiera la persona interesada sobre la Voluntad Vital Anticipada y la posibilidad de descargarse los documentos necesarios, como la guía de ayuda para registrar el testamento vital, que contribuye a resolver todas las dudas relacionadas con el registro a través de una serie de preguntas frecuentes.
Los profesionales del sistema sanitario público andaluz tienen acceso a consultar las voluntades vitales anticipadas desde atención primaria y hospitalaria, y desde la historia clínica digital en movilidad. El servicio implantado en Andalucía también permite a profesionales del sector privado darse de alta en la aplicación y poder consultar las voluntades vitales anticipadas de sus pacientes, gracias al convenio firmado por la Consejería y el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos.
La Declaración de Voluntad Vital Anticipada constituye un instrumento fundamental para garantizar el derecho de la ciudadanía a manifestar previamente sus preferencias sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que desean recibir, y a que estas sean respetadas, cuando concurran circunstancias clínicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad. Atañe especialmente a la atención en el proceso de la muerte del paciente, así como a la decisión sobre el destino de su cuerpo.
Desde la Delegación de Salud han explicado que el conocimiento de las voluntades previas recogidas en la declaración "no sólo facilita la toma de decisiones clínicas por parte del personal sanitario y de la familia, sino que se enmarca en una estrategia de humanización donde la dignidad de las personas y sus derechos, el respeto a sus valores, la escucha y la participación, en un entorno confortable y en un marco ético, constituyen aspectos intrínsecos de la atención sanitaria".
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