VITORIA, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -El Ararteko ha recomendado al Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico del Gobierno Vasco que deje sin efecto la reclamación de 400 euros dirigida a una mujer beneficiaria de una ayuda económica a familias con hijos e hijas, al considerar que el pago indebido fue consecuencia exclusiva de un error administrativo.
Aunque la Administración reconoció correctamente el derecho a la prestación, solicitada por una mujer y destinada al mantenimiento de su hija, el primer pago se realizó por error en una cuenta bancaria distinta de la indicada por la solicitante, según ha informado el Ararteko en un comunicado.
Tras advertir la incidencia, la propia interesada informó del error y la Administración efectuó un nuevo ingreso en la cuenta correcta. Sin embargo, casi cuatro años después, la Administración inició un procedimiento para reclamar el reintegro de la cantidad abonada erróneamente.
La afectada acreditó que nunca dispuso de ese dinero, ya que fue retirado íntegramente por su expareja desde la cuenta en la que se había efectuado el ingreso incorrecto. Además, aportó documentación que acreditaba una situación compatible con violencia de género y explicó que había sido víctima de violencia económica.
En su resolución, el Ararteko concluye que no concurría ninguna de las causas legales que permiten exigir el reintegro de una subvención, ya que la beneficiaria no incumplió ninguna de sus obligaciones y actuó en todo momento "de buena fe", y que el error se produjo exclusivamente durante la ejecución del pago por parte de la Administración.
Esta institución ha recordado que los errores de la Administración no deben trasladarse a la ciudadanía cuando esta no ha contribuido a provocarlos, y ha subrayado la necesidad de tener en cuenta tanto las situaciones de vulnerabilidad, como la violencia económica acreditada en este caso, como el interés superior de la menor.
Por ello, el Ararteko recomienda al Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico anular la resolución de reintegro y devolver a la reclamante la cantidad ya abonada, junto con los intereses legales correspondientes.
Participate
Join and comment