SEVILLA 24 Mar. (EUROPA PRESS) -La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 21 meses de prisión a un varón por un delito de estafa tras emplear una tarjeta de crédito "robada" para llevar a cabo compras y extracciones de dinero en metálico "sin consentimiento" de su dueño. Cabe subrayar que, inicialmente, el Ministerio Público solicitaba, además, seis años de prisión por un delito de robo con fuerza en casa habitada. Sin embargo, ha sido absuelto de este último, al "no existir pruebas de que el acusado accedió al porche y al vehículo para apoderarse de los efectos sustraídos", entre los mismos la tarjeta referida.
Según la sentencia, consultada por Europa Press, los hechos se remontan a la noche del 28 de diciembre de 2024, momento en el que "tuvo lugar la sustracción del vehículo Skoda, que se encontraba aparcado en la zona del porche de una determinada vivienda de Mairena del Aljarafe, propiedad de sus padres y en la que la víctima residía". El mismo contenía en su interior un cargador de batería, una aspiradora, y un datáfono, todo ello valorado en 218,82 euros.
Así, prosigue, "en esa misma madrugada y primeras horas del día 28 de diciembre, el acusado, haciendo uso de la tarjeta de titularidad de la víctima, que había llegado a su poder en circunstancias no exactamente aclaradas, sin consentimiento de su titular y con ánimo ilícito de beneficio, realizó en diferentes establecimientos de la localidad de San Juan de Aznalfarache" diversas operaciones.
Entre ellas, compras por valor de 144,60 euros, tres intentos fallidos de extracción de dinero por importes de 300, 100 y 300 euros, una compra de cupones por valor de dos euros en una tienda de loterías de la avenida de Palomares y una garrafa de aceite por un importe de 29,89, que no logró "al encontrarse ya la tarjeta dada de baja", entre otros.
No obstante, pese a que en su relato inicial la Fiscalía expresaba que "el acusado se dirigió a la vivienda de la víctima y trepando y saltando su muro perimetral accedió al interior del vehículo", lo cierto es que "no quedó exactamente aclarada en el acto del juicio oral la forma en la que el autor del hecho pudo entrar en el porche de la vivienda". "No consta tampoco la hora concreta en que los hechos se produjeron. En su denuncia ante la Guardia Civil, el propietario del vehículo manifestó que éstos tuvieron lugar 'en la noche del 28 de diciembre' y es un dato no aclarado en el acto del juicio oral".
Es más, abunda, "acreditada la realidad de la sustracción, no existe, sin embargo, prueba directa ni suficientes indicios incontestables que permitan afirmar que fue el acusado la persona que accedió al porche de la vivienda y al vehículo, apoderándose de los efectos que fueron denunciados".
Por todo ello, el hombre ha sido condenado a 21 meses de cárcel, la pena mínima prevista por un delito continuado de estafa, interesada por el Ministerio Fiscal y aceptada por la defensa del acusado. Así, ha quedado absuelto del delito de robo con fuerza en casa habilitada de la que venía siendo acusado.
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