PAMPLONA 29 Jul. (EUROPA PRESS) -El Gobierno de Navarra ha aprobado, en su sesión de este miércoles, un Decreto Foral Legislativo de Armonización Tributaria, por el que se modifica el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE). El objetivo de este nuevo acuerdo es aplicar las últimas mejoras fiscales adoptadas a nivel estatal para combatir las consecuencias económicas derivadas de la crisis energética producida por el conflicto bélico en Oriente Próximo.
Así lo ha expuesto en la rueda de prensa tras la sesión de Gobierno el consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti, quien ha recordado que en el ámbito estatal, el pasado 29 de junio se aprobó el Real Decreto-ley 18/2026, que modifica la normativa relativa al IVA y al IVPEE para incorporar nuevas medidas y mantener de manera transitoria las introducidas por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprobó el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Navarra aprueba ahora el correspondiente Decreto Foral Legislativo de armonización tributaria para aplicar en la Comunidad foral idénticas normas sustantivas y formales que las vigentes en el Estado, con el foco puesto en los consumidores de energías más vulnerables y preceptores del bono social de electricidad, ha informado el Ejecutivo.
En el ámbito del IVA, de forma extraordinaria y temporal hasta el 30 de junio de 2026, el Real Decreto-ley 7/2026 de marzo estableció una reducción del tipo impositivo del 21% al 10%, aplicable a los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no superase los 10 kW, a los titulares de contratos de suministro de electricidad que fueran perceptores del bono social y tuvieran reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, así como al gas natural, briquetas y 'pellets' procedentes de la biomasa y a la madera para leña. No obstante, esta rebaja en el tipo impositivo no fue de aplicación durante el mes de junio, ha indicado dada la favorable evolución del IPC de la electricidad y el gas natural al que estaba supeditada esta medida.
El Real Decreto-Ley 18/2026 de junio, recupera esta medida para los meses de agosto y septiembre de 2026, "pero supeditándola a la evolución desfavorable del IPC de la electricidad y del gas natural en los meses de junio y julio respecto al mismo mes del año 2025", ha dicho Arasti.
Así, la previsión es que la reducción del IVA se realice si en los meses de junio y julio el IPC de la subclase 04.5.10 Electricidad supera en más de un 15% el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información que publique en agosto el Instituto Nacional de Estadística.
En el ámbito del IVPEE, el Real Decreto-ley 18/2026 armonizado ahora para Navarra continúa con la medida del Real Decreto-ley 7/2026 relativa al cálculo de la base imponible y de los pagos fraccionados correspondientes al 2026, con "la finalidad de seguir mitigando el impacto del encarecimiento de los productos energéticos sobre el precio de la electricidad".
En particular, en virtud del Real Decreto-ley 7/2026, para el ejercicio 2026 la base imponible y los pagos fraccionados del IVPEE se calculan minorando en el 10% el importe de las retribuciones percibidas por la producción e incorporación de energía eléctrica durante el primer trimestre, y en su totalidad durante el segundo trimestre. En virtud del Real Decreto-Ley 18/2026, esta minoración será del 30% del importe de las retribuciones percibidas por la producción e incorporación de energía eléctrica durante el tercer trimestre, y del 40% durante el cuarto trimestre.
Por otra parte, ha precisado Arasti, con el fin de garantizar el equilibrio del sistema presupuestario conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, se reduce el tipo de gravamen del IVPEE al 3,5% en el ejercicio 2027, en la medida en que está previsto que los costes correspondientes a las anualidades para satisfacer los derechos de cobro pendientes del sistema eléctrico disminuyan a la mitad en el ejercicio 2027 respecto de los del ejercicio 2026. El tipo de gravamen será del 0% en el ejercicio 2028 y siguientes, al considerarse que esta recaudación del IVPEE ya no será necesaria para financiar dichos costes, ha concluido el Ejecutivo.
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